Lo pagas tú
La tasación de la vivienda corre por tu cuenta y se abona aunque finalmente no se formalice la hipoteca. Si aportas una vivienda como aval, también suele requerirse su tasación, y ese importe también te corresponde a ti.
Compruébalo el día de la firma
Asegúrate con el banco y la gestoría de que el ITP, la notaría y el registro quedan correctamente abonados o provisionados y de quién asume cada importe.
El ITP de la compraventa corresponde normalmente al comprador; el banco asume los gastos de formalización de la hipoteca establecidos por la ley.
Si solicitas una hipoteca del 100 %, confirma con el banco que el capital concedido y la forma de desembolso cubren el 100 % del valor de la vivienda y te permiten recuperar el 10 % adelantado como arras. En la práctica, esa financiación adicional equivale a financiarte el ITP, aunque legalmente el impuesto siga correspondiéndote a ti.
Ejemplo: En una vivienda de 200.000 €, tú aportas 20.000 € como arras. Más adelante en la firma, el banco aparece con 200.000 €; le entrega al vendedor 180.000 € (ya pagaste anteriormente 20.000 €) y el resto, 20.000 €, va a tu cuenta. Ese importe no queda libre: después lo van a descontar si así te lo confirmaron para el ITP, la notaría y el registro, y en la práctica el banco te está financiando ese desembolso adicional.